Lamentamos profundamente tener que hacernos notar DE NUEVO para denunciar la absoluta falta de consideración y respeto de la dirección de la empresa para con la plantilla y su representación, e incluso su voluntad deliberada de confundir. Sólo podemos hablar como la sección sindical de ELA en este blog, pero desde luego, con ésta no hay NINGÚN PREACUERDO y como ya detallamos más adelante en este artículo con mayor profundidad, no lo habrá con ciertos de los retrocesos que nos plantea la dirección, como son:
- 4 años de reducción salarial (no ha habido incremento ni actualización correspondiente al 2008)
- 40 horas de incremento de jornada: 8hras diarias en continua por 220 días laborables. La jornada vuelve a ser de 1760 hrs.
- Retirada de pluses de servicio importantes
- Jornada continuada sólo para algunos colectivos, todavía no definidos
A continuación hacemos comentarios intercalados en cada uno de los puntos expuestos por la dirección en la malintencionada nota publicada en la intranet:
Gehiago irakurri...
PROPUESTA DE PREACUERDO 2º CONVENIO COLECTIVO EUSKALTEL
ÁMBITO TEMPORAL
El presente Convenio Colectivo iniciará su vigencia el día 1 de Enero de 2009 y concluirá el 31 de Diciembre del año 2011.
No tiene ni una cláusula que pueda ser retroactiva al 1 de Enero, por lo que no aceptamos que queda registrado un convenio a 1 de Enero cuando lo que pudiera haberse disfrutado desde entonces es imposible hacerlo ya. No ha habido convenio ni mejoras en todo este tiempo, por lo que entendemos que sólo cuando se pudiesen recibir beneficios con aquella fecha sería justo firmarlo de ese modo. Es decir, si tuviese repercusiones económicas a favor de las trabajadoras y los trabajadores.
CONDICIONES DE CALIDAD DE TRABAJO. CONCILIACIÓN VIDA PERSONAL Y PROFESIONAL
Jornada
El personal de la Empresa sujeto a este Convenio Colectivo tendrá una jornada de 1.720 horas de trabajo efectivo en cómputo anual y para cada uno de los tres años.
La jornada diaria será de 7 horas cuarenta y cinco minutos. La distribución de la jornada será continuada todo el año y existirá una pausa de 15 minutos que será recuperada dentro del horario. Se fijará una horquilla horaria en la que se podrá disfrutar de la pausa.
Esta modalidad iría complementada con días de jornada partida, de 7 horas 45 minutos, por necesidades del servicio y con la finalidad de realizar formación por las tardes.
Horario
1. Horario continuado: Para personal no sujeto a régimen de turnos (*)
Incluyendo pausa de 15minutos:
Entrada: 7:30
Salida 15:30
Se podrá analizar una flexibilidad de 30 minutos en los horarios de entrada y salida.
2. Horario continuado para personal a turnos según sistema organizativo propio, cuya jornada será de 8 horas.
3. Se excepcionarán horarios especiales necesarios para garantizar las necesidades organizativas y del servicio.
Se incrementa las horas de trabajo anuales, y se discrimina al colectivo a turnos, puesto que no pudiendo ellos acogerse a estos beneficios, no se les ofrece nada en compensación, por lo que ELA sigue abogando por la subida anual de 900€ en el sueldo de este colectivo. Intencionadamente se obvia el número de horas trabajadas anualmente. Y además se añade el punto 3, según el cual quedan al margen todas las excepciones que se les puedan ocurrir, entre los que podemos encontrarnos con comerciales, debido a los requerimientos de clientes; departamentos con interacción directa con contratas, soportes de segundo nivel, y otros muchos colectivos que podríamos citar.
Formación
La formación de carácter continuado en Euskera será realizada por las tardes quedando establecida la jornada laboral, para esos días, en 7 horas 45 minutos, poniendo la empresa la mitad del tiempo de formación como hasta ahora, y con los horarios siguientes:
Entrada: 7:30
Salida: 14:15
Clase por las tardes: 15:00 a 17:00
El resto de la formación se impartirá también por las tardes.
• Si la jornada laboral es continua, es continua en todos los sentidos. Cuando Euskaltel imparte formación, también la recibe y es en beneficio del desempeño de su plantilla. Es para incrementar la competitividad de los profesionales. Por esto entendemos que es parte del trabajo y como tal debe considerarse parte de la jornada.
• Por otra parte, en ningún momento se hace mención a la procedencia de dichas horas, por lo que habría que añadir a la jornada anual de 1760h que ya anunciábamos antes. Aprovechamos para recordar que el anterior convenio reconocía la formación como parte de la jornada de trabajo. Nos plantean un nuevo paso atrás.
• Como colofón, hecha por tierra la posibilidad de conciliar la vida familiar y la formación.
TELETRABAJO
Algunas actividades pueden ser desempeñadas mediante el sistema de teletrabajo. Las condiciones básicas del teletrabajo serán la voluntariedad de las personas y la viabilidad técnico-organizativa.
La viabilidad técnico-organizativa debe estar fijada y recogida en un documento a disposición de la plantilla antes de aceptar este tipo de medidas, con el fin evitar subjetividades de responsables u otras personas y evitar así posibles discriminaciones. Ya en el anterior convenio la empresa se comprometía a facilitar los criterios y puestos susceptibles. Es otro de los puntos abiertos en el anterior convenio que nunca se cerraron.
RETRIBUCIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS
El Convenio contendrá unos derechos básicos que supondrán un marco adecuado para todos y que debe ser compatible con un sistema retributivo con el que la Compañía reconozca el valor aportado por parte de cada persona.
Pluses de Mantenimiento
- Desaparición del concepto de guardia “On Call”.
Esto elimina la posibilidad de que, durante, a priori, 16 horas al día entre semana y todos los festivos o fines de semana, las personas que realizan el primer nivel de mantenimiento pueda apoyarse en un segundo nivel para dar mejor servicio, dado que este 2º nivel no tendrá motivo para dedicar tiempo de su vida a Euskaltel. Por supuesto, con una clara repercusión en el servicio que brinda esta empresa. Esta medida puede tomarse por irresponsable
Desaparición del concepto “intervención en remoto”, considerándose incluido su importe en la compensación económica ya percibida en la guardia.
Destacar además que como ya hemos comentado en otro artículo, estas guardias fueron perfectamente asumibles teniendo la empresa un margen de beneficio inferior al actual, y de que hay otros muchos gastos superfluos como pudieran ser los manteles a todo color y personalizados por ambas caras.
Evaluación del Desempeño
Proponemos revisar el sistema de evaluación del desempeño, para orientar el desarrollo y trayectorias personales y reforzar la adquisición de nuevas competencias, sirviendo de base para el diagnóstico y plan de formación.
De acuerdo, revisémoslo entre todos, y ya se incluirá en un borrador o se hará efectivo cuando esté revisado y acordado. Mientras tanto, son palabras huecas.
PLAN DE COMPENSACIÓN FLEXIBLE
Proponemos un sistema de retribución flexible, a toda la plantilla, que contemple la posibilidad de incorporar todos los productos que la normativa fiscal permite, de forma que garantizan unos beneficios fiscales que se traducen en un incremento del sueldo líquido del empleado que los adquiera.
La normativa fiscal puede variar y , de hecho , hoy en día tenemos ejemplos claros de ello . Los beneficios sociales deben de aportar , entre otros , un concepto de estabilidad y seguridad no reflejados en esta propuesta.
En estos momentos, el Plan de Compensación Flexible sería de aplicación sobre los siguientes productos:
o Ordenadores
o Guarderías
o Seguro Médico
Nos sentimos realmente dolidos cuando se nos plantea emplear dinero en sanidad privada mientras se habla de recortes.
o Formación
o Alquiler de Vivienda
Todos estos son beneficios esporádicos, y en algunos casos, absolutamente desestimables para algunas personas. Creemos que debiéramos esforzarnos en obtener principalmente beneficios para todas y todos, y después complementarlos si se ve oportuno. Pero no congelar los sueldos y pretender acallarnos comprando algunos ordenadores o seguros médicos con lo ahorrado.
INCREMENTO GENERAL
Incremento salarial “0” para los años de aplicación del presente convenio.
Como reconocimiento al buen hacer de todas y todos, no repercute en absoluto el ejercicio anterior en la plantilla. Aún a pesar de haber batido el récord de beneficios estando inmersos en la crisis un tercio del año. Y, aunque las previsiones son buenas a nuestro juicio (y de la dirección), tampoco ahora ni en el futuro pretenden que repercuta en absoluto en la plantilla a la que han pedido tanto celo, involucración, austeridad, ahorro, etcétera. Independientemente de que prevean seguir ganando aproximadamente 24 millones de € gracias al compromiso recogido por quienes somos Euskaltel, de que los bancos concedan 130 millones de € para inversiones (citados en otro artículo) además de los 80 para la red de cablemódem ya gastados. Desde luego, esta sección no está dispuesta a firmar bajo ningún concepto una congelación salarial con los datos de los que disponemos. Además, tendiendo en cuenta que no hemos visto nada relativo al 2008, serían 4 años con el mismo sueldo y por tanto con una perdida de poder adquisitivo sin duda.
CLAUSULA DE JUBILACIÓN
Obligatoriedad de jubilación a la edad legal, 65 años en la actualidad, siempre que se justifique organizativamente y que se proceda a la consolidación del empleo en la Compañía.
En cualquier caso la negociación será individual y en función de las características personales y organizativas concretas.
No es preciso meter la ley en convenio, vemos que hay cierta tendencia a completar los escasos contenidos con cláusulas de la ley para dar volumen a las propuestas últimamente. Pero, yendo al meollo, no será la sección de ELA en su labor sindical quién valide y dé legitimidad a negociaciones individuales y tendenciosas. Incluímos en el blog un link permanente a la información relativa y el propio Estatuto del Trabajador, para que siempre tenga a su disposición la plantilla los derechos que le asisten con o sin convenio.
PLAN DE IGUALDAD
Negociación y aplicación del Plan de Igualdad basado en el diagnóstico ya realizado.
• Como hemos dicho antes, cuando sea efectivo será de recibo publicarlo, mientras tanto queda en otra promesa de la que desconfiamos. Y es que la experiencia no nos invita a confiar.
• Por otro lado, el diagnostico es de hace 3 años, y esta sección sigue haciendo hincapié en el hecho de que difícilmente se va a poder contrastar la equidad cuando los puestos no son transparentes y se niega categoricamente la clasificación profesional.
Y tú, ¿qué opinas?
Imprimatu sarrera hau